Bonificación de la contribución territorial (IBI) e ICIO en Pamplona por instalar placas solares
Revisado el · Fuente: Ayuntamiento de Pamplona (ordenanza 1, art. 1; ordenanza 3, art. 8.1.d, modificada en junio de 2026)
En Pamplona, las placas solares rebajan la contribución territorial un 50 % durante 3 años y el ICIO de la obra un 90 %. Ojo: la de la contribución tiene un límite de renta de cuatro veces el salario mínimo.
| Organismo | Ayuntamiento de Pamplona (ordenanzas fiscales 1 y 3 de 2026) |
|---|---|
| Ámbito | Navarra · Pamplona |
| Qué cubre | Fotovoltaica, Solar térmica, Autoconsumo, Autoconsumo compartido |
| Importe | Contribución territorial (IBI): 50 % durante los 3 años siguientes a la legalización de la instalación, en viviendas y en otros usos, también en autoconsumo colectivo. ICIO: 90 % sobre la parte del presupuesto de la obra que corresponde a la instalación renovable. |
| Plazo | Contribución: se puede pedir en cualquier momento antes de que acaben los tres años, con efectos desde el año siguiente a la solicitud. ICIO: se pide junto con la licencia o la declaración responsable de la obra. |
Requisitos
- En autoconsumo individual y colectivo, las rentas del titular no pueden superar cuatro veces el Salario Mínimo Interprofesional.
- Instalación con licencia municipal o declaración responsable; colectores homologados si producen calor.
- En autoconsumo colectivo, estar asociado a una instalación fotovoltaica compartida.
- Estar al corriente de pago con el Ayuntamiento de Pamplona.
- ICIO: presupuesto separado de la parte renovable si la obra incluye otros trabajos. No se suma a otras bonificaciones del ICIO.
- No se concede si la instalación es obligatoria por normativa.
Cómo se pide
Contribución: trámite «Solicitud de bonificación de la contribución» en la sede electrónica del Ayuntamiento de Pamplona o en el registro. ICIO: en la misma solicitud de licencia o declaración responsable. Información: 948 420 100.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto bonifica Pamplona la contribución por placas solares?
El 50 % durante los tres años siguientes a legalizar la instalación, si tus rentas no superan cuatro veces el salario mínimo.
¿Y el impuesto de la obra (ICIO)?
Un 90 % sobre la parte del presupuesto de la instalación solar. Se pide con la licencia o la declaración responsable.
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