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Pendiente de convocatoria

Plan Estatal de Vivienda 2026-2030: ayudas a la rehabilitación y eficiencia energética de edificios y viviendas

Revisado el · Fuente: BOE: Real Decreto 326/2026, de 22 de abril (arts. 97-112 y anexo II)

El nuevo Plan Estatal de Vivienda 2026-2030 sustituye a las ayudas Next Generation para rehabilitar viviendas. Paga el 40 % (hasta 7.500 € por vivienda) por cambiar ventanas o aislar, y entre el 65 y el 80 % (hasta 20.500 € por vivienda) en rehabilitaciones que ahorran más del 45 % de energía. Está aprobado, pero hay que esperar a la convocatoria de tu comunidad autónoma.

OrganismoMinisterio de Vivienda y Agenda Urbana; las convocan y pagan las comunidades autónomas
ÁmbitoToda España
Qué cubreVentanas, Aislamiento, Rehabilitación del edificio, Aerotermia, Accesibilidad
ImporteEdificios y viviendas unifamiliares (habitabilidad y sostenibilidad, art. 99 y anexo II): 65 % del coste, hasta 13.000 € por vivienda, si se ahorra entre el 45 y el 60 % de energía; 80 %, hasta 20.500 € por vivienda, si se ahorra el 60 % o más. Cambiar solo algunos elementos de la envolvente (ventanas, fachada, cubierta): 40 %, hasta 7.500 € por vivienda.
Pisos, obra dentro de la vivienda (art. 108): 40 % hasta 7.500 € en ventanas y cerramientos que den al exterior; accesibilidad hasta el 80 % (15.000-18.000 € con discapacidad).
Con vulnerabilidad económica, la comunidad autónoma puede dar una ayuda adicional de hasta el 100 %.
PlazoEl Real Decreto 326/2026 está en vigor desde el 24 de abril de 2026, pero <strong>no se pide al Estado</strong>: cada comunidad autónoma tiene que publicar su convocatoria con plazos propios. A finales de octubre de 2026 las comunidades aún estaban preparando las primeras. País Vasco y Navarra quedan fuera (tienen planes propios).

Requisitos

  • Edificio o vivienda terminado antes de 2006 (la comunidad autónoma puede admitir casos posteriores).
  • Proyecto o memoria técnica que justifique la obra según el Código Técnico, con el Libro del Edificio Existente registrado (en obras de edificio o unifamiliar).
  • Para los tramos del 65 y el 80 %: ahorro acreditado de al menos un 45 % o un 60 % en consumo de energía primaria no renovable o en demanda de calefacción y refrigeración, con certificados energéticos antes y después.
  • En el 40 % por ventanas o aislamiento, los nuevos elementos deben cumplir las tablas 3.1.1.a y 3.1.3 del DB HE1 del CTE.
  • Obra dentro de un piso: vivienda habitual y permanente; si la ayuda supera 5.000 € hay que aportar certificados energéticos registrados.
  • Las calderas y equipos de combustibles fósiles no se subvencionan; la aerotermia sí puede entrar dentro de la rehabilitación.
  • Plazo de obra: 36 meses en edificios y 12 meses dentro de la vivienda desde la concesión.

Cómo se pide

Se solicita en la consejería de vivienda de tu comunidad autónoma cuando publique la convocatoria. En edificios la pide la comunidad de propietarios, normalmente a través del administrador o de un agente rehabilitador. Si piensas cambiar ventanas, pide ya los certificados energéticos y un presupuesto con la transmitancia de la ventana: es lo que te van a pedir.

Es compatible con la deducción del IRPF por eficiencia energética sobre la parte que pagues tú.

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Cuánto consume lo que vas a cambiar

Preguntas frecuentes

¿Cuánto dan por cambiar las ventanas con el Plan Estatal de Vivienda 2026-2030?

El 40 % del coste, con un máximo de 7.500 € por vivienda, si las ventanas nuevas cumplen las exigencias de aislamiento del Código Técnico (DB HE1). Vale tanto para un piso (obra dentro de la vivienda) como para obras de todo el edificio.

¿Ya se puede pedir?

Todavía no en la mayoría de comunidades: el Real Decreto 326/2026 está en vigor desde el 24 de abril de 2026, pero cada comunidad autónoma tiene que abrir su propia convocatoria. El reparto de fondos para 2026 se aprobó en junio.

¿Mi casa tiene que ser antigua?

Sí, en general el edificio o la vivienda debe estar terminado antes de 2006. La comunidad autónoma puede admitir edificios posteriores si lo justifica.

¿Subvencionan la aerotermia?

Sí como parte de una rehabilitación energética que alcance el ahorro exigido (45 % o 60 %). Las calderas de gas o gasóleo no se subvencionan.

¿Se puede sumar a la deducción del IRPF?

Sí. La subvención es compatible con otras ayudas siempre que el total no supere el coste de la obra, y la deducción del IRPF se aplica sobre la parte que no cubre la subvención.

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